Baeza: Reflexiones sobre la bendición del columbario del Convento de Santa María Magdalena:
En relación a la noticia de que el Obispo de Jaén, Monseñor Sebastián Chico Martínez, bendijo el columbario del Convento de Santa María Magdalena, sito en la ciudad de Baeza, un proyecto que ha sido llevado a cabo por la Comunidad de Agustinas Recoletas en los últimos años, se presenta necesario preguntarse si ese proyecto -ya finalizado - responde a la Tradición de la Iglesia o, por el contrario, a una necesidad comercial de un mundo pagano.
Para dar una certera y segura respuesta, se comparte el artículo del Rvdo. P. D. Hervé Gresland, publicado en la Revista Tradición Católica, número 287, julio-septiembre 2024.
¿Cremación o inhumación?
Hay un vínculo estrecho entre la conducta de los hombres y las creencias. Las ceremonias funerarias reflejan les concepciones que de la muerte tiene el hombre. Y recíprocamente la forma de tratar el término de la vida humana modela los pensamientos. La historia de estos ritos, incluso entre los paganos, es reveladora.
Historia
En la Antigüedad griega y romana la cremación o incineración de los cuerpos difuntos era corriente. Sin embargo, la inhumación estuvo siempre extendida; fue este rito el que se practicaba en Persía o Egipto. En el Antiguo Testamento, por el contrario, no se encuentra ningún rito de incineración. Los hebreos hicieron siempre uso de la inhumación, la cual guardaba relación con su fe en la inmortalidad del alma. La ley mosaica ordenaba incluso enterrar a los enemigos.
La Iglesia Católica se ha opuesto siempre firmemente a la cremación. La inhumación de los fieles difuntos ha sido su práctica constante y unánime desde su fundación, a pesar de los riesgos que corrían los primeros cristianos para enterrar a sus muertos, en aquellos tiempos de grandes persecuciones. ¿Por qué rechazaban los cristianos categóricamente la cremación, a pesar de los peligros? Sólo un precepto dictado directamente por los Apóstoles, que impusiera la inhumación, puede explicar esta práctica exclusiva de la Iglesia primitiva.
San Agustín enunciaba ya está regla: una costumbre universal y constantemente practicada por la Iglesia debe presumirse de origen apostólico, esto es, establecida por los Apóstoles. Nos encontramos pues en presencia de un uso que pertenece al tesoro de la Tradición católica.
La Iglesia impuso la inhumación a los pueblos bárbaros que se convertían a la Fe católica unos tras otros. Bajo su influencia, el uso de la cremación desapareció en toda Europa cristiana, y fuera de Europa, en todos los pueblos penetrados por la civilización cristiana, la inhumación se convirtió en el tito único de los funerales.
La Revolución y su posteridad
Hay que esperar la Revolución de 1789 para ver la reivindicación de la cremación. Pero no es hasta el ultimo cuarto del siglo XIX cuando la idea empezó a extenderse en Europa merced a la acción de la masonería, que creo asociaciones cuyo fin era propagar la cremación. En Francia fue el 30 de marzo de 1886 cuando el diputado Jean-Baptiste, futuro gran maestre del Gran Oriente, hizo adoptar una enmienda con arreglo a la cual todo ciudadano podía escoger fuese la inhumación, fuese la cremación, como modo de disponer los cadáveres.
(En España la cremación fue introducida por primera vez en tiempos de la II República, con la misma inspiración masónica, mediante un Decreto del 8 de enero de 1932, y regulada se nuevo en 1974, todavía en la España de Franco, tras las capitulaciones de la Iglesia conciliar).
Aquel mismo día el prelado Charles-Émile Freppel, obispo de Angers y diputado del Finisterre, se alzó con fuerza contra esta enmienda en la Cámara de Diputados: «Es pura y simplemente un regreso al paganismo en lo que tuvo de menos moral y menos elevado, al paganismo materialista».
Peligro próximo de perversión de la Fe
La cremación es una de esas prácticas cuya licitud admite excepciones, contrariamente al adulterio o al aborto. La Iglesia puede verse llevada a tolerarla en ciertas circunstancias excepcionales, en casos de extrema necesidad y con vistas a un bien superior: en particular, con ocasión de grandes epidemias contagiosas o en caso de guerra muy mortífera. Pero las excepciones son por naturaleza excepcionales.
La idea que subyace a la incineración es la de una aniquilación absoluta y definitiva: después de la muerte todo ha terminado, no hay ya nada. La masonería captó perfectamente que la cremación era un medio de apartar poco a poco a los hombres de la creencia católica en el más allá. Una circular de los masones de finales del siglo XIX decía: «Los hermanos deberían emplear todos los medios para propagar el uso de la cremación. La Iglesia,al prohibir quemar los cuerpos, afirma sus derechos sobre los vivos y sobre los muertos, sobre las conciencias y sobre los cuerpos, y pretende conservar entre el vulgo las creencias, hoy disipadas a la luz de la ciencia, tocantes al alma espiritual y la vida futura».
La legislación eclesiástica que reprueba la cremación
He aquí por qué la Iglesia, consciente del peligro para las almas, se alzó con vigor contra estos sectarios anti-cristianos y mostró la gran importancia que otorga a este asunto.
Desde 1886 el papa León XIII pidió a los obispos que instruyeran «a los fieles a propósito del detestable uso de quemar los cadáveres humanos» y que «apartasen del mismo, con todas sus fuerzas, el rebaño a ellos confiado». Este decreto fue seguido por otros textos del Santo Oficio que sin cesar reprobaron la cremación:
- Decreto del 15 de diciembre de 1886, en virtud del cual deben ser privados de la sepultura eclesiástica aquellos que han destinado sus cuerpos a la cremación.
- Decreto del 27 de julio de 1892, que prohibe administrar los últimos sacramentos a los fieles que hubiesen mandado quemar sus cuerpos tras su muerte y que, habiendo sido advertidos, se nieguen a retractarse.
Estos decretos sucesivos fueron retomados y resumidos en el Código de Derecho Canónico de 1917, en particular en el canon 1203 que establece:
«1.Los cuerpos de los fieles difuntos han de sepultarse, reprobada su cremación.
2. Si alguno mandare en cualquier forma que su cuerpo sea quemado,es ilícito cumplir esa voluntad; y si se hubiera declarado en algún contrato,testamento u otro acto cualquiera, téngase por no expresada».
El canon 1240.1 seguía precisando: «Están privados de la sepultura eclesiástica, a no ser que antes de la muerte hubieran dado alguna señal de arrepentimiento:......5° Los que hubieran mandado quemar su cadáver».
Finalmente una instrucción del Santo Oficio en fecha 19 de junio de 1926 volvía a reprobar «esta costumbre bárbara, que repugna no solamente a la piedad cristiana sino también natural para con los cuerpos de los difuntos y que la Iglesia, ya desde sus comienzos, ha proscrito constantemente (...) Por ello, la Sagrada Congregación del Santo Oficio exhorta con el mayor vigor a los pastores del rebaño cristiano a que muestren a los fieles encomendados a su cuidado que, en el fondo, los enemigos del nombre cristiano no ensalzan y no propagan la cremación de los cadáveres sino con el fin de apartar poco a poco los espíritus de la meditación de la muerte, privarles de la esperanza en la resurrección de los muertos y preparar así el camino al materialismo». Esta instrucción concluía pidiendo que los sacerdotes no dejasen de enseñar estas verdades, «a fin de que los fieles se alejen con horror de la práctica impía de la cremación».
El pensamiento de la Iglesia
La santa Iglesia Católica desde siempre ha rodeado de respeto y honor los cuerpos de los fieles difuntos,como bien muestra la ceremonia del responso tras la misa de funerales: el sacerdote bendice el cuerpo difunto con agua bendita, después lo inciensa,dando la vuelta al catafalco.La Iglesia encarga a su representante, el sacerdote, que lo acompañe hasta el lugar del enterramiento, donde esperará en paz la resurrección de los cuerpos que ocurrirá al final de los tiempos. En efecto, el cuerpo del cristiano difunto ha sido en la tierra templo del Espíritu Santo; ha sido signado con los santos óleos; ha recibido la eucaristía, semilla de eternidad; ha participado en las buenas obras y ha sido instrumento de la salvación. Sería muy inconveniente e irrespetuoso tratarlo violentamente con la incineración.
Hacia una vida renovada
Las ceremonias católicas de enterramiento nos muestran que la muerte no es una destrucción definitiva y absoluta. Según la etimología, «cementerio» significa «dormitorio». En el cementerio los difuntos descansan, con un sueño ciertamente particular, pero a la espera de despertar a otra vida. El cuerpo inhumado, en efecto, es como el grano de trigo caido en tierra y que se descompone: de ahi, por la misteriosa acción de la omnipotencia divina, brotará la vida. La inhumación está en armonia con los dogmas de los novisimos, los cuales expresa muy bien: el cuerpo «sembrado corruptible, es resucitado incorruptible» (I Cor 15,42), y por lo tanto es puesto como una semilla en el cementerio.
Pero el cuerpo incinerado es como el grano que es cocido o quemado: no dará nunca nacimiento a una nueva vida. Un cuerpo reducido a cenizas no espera ya nada; la destrucción parece definitiva, no hay ya nada que esperar. Pasar del simbolismo tan expresivo de las ceremonias católicas al simbolismo negador de la incineración no es algo sin consecuencias. Durante siglos estas ceremonias han modelado el pensamiento humano sobre el más allá. El paso de un simbolismo a otro modifica el pensamiento y lo orienta hacia la negación de toda vida después de la muerte: el hombre no es más que un poco de materia; ha desparecido para siempre, no conserva existencia sino en el corazón de los vivos, y no en una vida real después de la muerte.
La piedad para con los difuntos
El respeto de la Iglesia para con el cuerpo del difunto prosigue en la tumba adornada junto a la cual se volverá a rezar: la inhumación es una descomposición oculta; todo ocurre bajo tierra; se extiende un velo sobre la miseria de la pudrición y del regreso al polvo; por otra parte, es paulatina, se hace merced a la acción lenta de causas naturales, según las leyes que vienen de Dios.
La cremación, por el contrario, es visible, se la puede presenciar y ver su resultado en las cenizas que se nos entregan: la verdad de la destrucción es puesta cruelmente a la vista. Además, es brutal: cómo un cuerpo que ha sido objeto de afecto, de piedad o de amistad puede ser entregado a una destrucción tan violenta y contraria a la naturaleza? Mons. Freppel llamaba a esto «un acto de salvajes».
La práctica de la inhumación es asimismo un motivo de consuelo y de esperanza para quienes quedan. El cementerio donde reposan los restos de nuestros difuntos nos invita a rezar por ellos. Pero cómo rezar ante un recipiente en el cual se han puesto algunos resíduos de huesos calcinados? También aquí se ve que la Iglesia conoce perfectamente la psicología humana.
Finalmente, la inhumación está en armonía con el deseo cristiano de con-formarse en todo a Cristo y simboliza la unidad mística entre Cristo y los fieles. Es el rito que Él quiso para sí mismo: nosotros somos incorporados a Él, debemos serle asimilados en todo.
Somos enterrados como Él y con Él. Cristo es «primicia de los que durmieron» (I Cor 15, 20), y nosotros también resucitaremos con Él.
Aceptar el castigo
Sabemos por la fe que la muerte es un castigo infligido por Dios en razón del pecado: «Polvo eres y al polvo volverás» (Gén 3, 19). El hombre debe re-conocer humildemente que Dios es el dueño y señor de todas las cosas y someterse a esta sentencia; debe dejarse imponer este regreso al polvo. Merced a la inhumación esta sentencia se cumple como Dios quiere: el hombre sufre en su cuerpo el retorno al polvo.
En la cremación, por el contrario, el difunto ordena que su cuerpo se convierta no en polvo sino en cenizas. Es él mismo quien se impone esta destrucción, no Dios. No sufre, ordena. Quiérase o no, la manera de proceder conduce a pensar que el hombre no padece la sentencia de Dios: escapa a la autoridad de Dios y al deber de someterse a Él. Como escribía el masón citado más arriba, «la Iglesia, al prohibir quemar los cuerpos, afirma sus derechos sobre los vivos y sobre los muertos». Pero el hombre de hoy quiere ser señor absoluto. Se da el derecho de suprimir la vida apenas comenzada y de interrumpir cuando quiere la vida que termina. De manera semejante quiere también el poder de destruir su cuerpo como le place. Quiere ser dueño de sí mismo no solamente hasta la muerte sino, incluso, más allá de la muerte. Ahora bien, no teniendo el poder de devolverse la vida, ni siquiera de oponerse a la destrucción, no le queda, para afirmar su pretendido poder, sino ir más lejos en tal aniquilación.
La capitulación de la Iglesia conciliar
Desgraciadamente a partir del Concilio Vaticano II la Iglesia ha cambiado su legislación: ha roto con toda su tradición y autoriza ahora la cremación. Esto se ha hecho bajo la nefasta influencia de la masonería, que intenta hacer desaparecer todo lo que da todavía a nuestra sociedad un carácter cristiano.
Una Instrucción del Santo Oficio aprobada por Pablo VI el 5 de julio de 1963, pero publicada el 24 de octubre de 1964, limita la condena de la cremación sólo a los casos en que esté manifiestamente dictada por una mentalidad anticristiana: «La mejora de dicho estado de espíritu [la oposición a las costumbres cristianas y la negación de los dogmas cristianos] unida a la repetición cada vez más frecuente hoy de circunstancias manifiestas que se oponen a la inhumación [?] explica que se hayan dirigido a la Santa Sede numerosas peticiones para que sea suavizada la disciplina eclesiástica relativa a la incineración. [...] No deberán negarse los sacramentos y las plegarias públicas a quienes hubiesen solicitado la incineración de su cuerpo, a menos que sea evidente que esta solicitud se haya hecho por los motivos indicados más arriba» («una negación de los dogmas cristianos, en un espíritu sectario o por odio de la religión católica o de la Iglesia»).
Esta nueva ley fue incorporada al nuevo Código de Derecho Canónico de 1983 (cánones 1176 y 1184). Como no se detiene el progreso en la apostasía, se llega a que la celebración en la iglesia pueda hacerse en ciertos casos después de la incineración, en presencia de la urna.
Lo que está en juego
Qué motivo puede justificar el abandono del principio de la inhumación? Los modernistas dejan creer que el único problema de la cremación sería la negación de los dogmas cristianos (dogmas de la vida eterna y de la resurrección de los cuerpos), cuando se trata de mucho más que eso. Es todo un tesoro de prácticas cristianas lo que la Iglesia abandona, mientras que hasta entonces lo había custodiado con gran celo. Los masones no podían otra cosa. La historia de la Iglesia está ahí para acreditar que los objetivos anticristianos de los partidarios de la cremación son solamente «un motivo secundario y circunstancial de la prohibición eclesiástica», y que «la Iglesia Católica condena la cremación ante todo porque es contraria a la antiquísima tradición cristiana y hermana». Los argumentos que hemos dado en favor de la inhumación mues-tran que es falso decir que se trata de una disposición eclesiástica cuya conveniencia podría cesar: las razones de conveniencia dogmática y moral que motivan la práctica cristiana de la inhumación serán siempre válidas.
Además, el contexto anticristiano ligado a la expansión de la incineración es un argumento de peso para que la Iglesia permanezca firme en su tradición inalterada. Desde hace veinte siglos ha preconizado siempre la inhumación, y tiene todavía mayor interés en hacerlo hoy frente a un mundo cada vez más hostil a la religión cristiana.Al permitir la incineración, fruto de las logias masónicas, traiciona su misión de preservar a sus fieles del contagio del error.
Conclusión
Se termina pensando y creyendo como se vive. Ahora bien, la cremación lleva consigo otra manera de pensar: el hombre dueño de sí mismo hasta después de la muerte; el hombre sin alma inmortal, ni esperanza de otra vida tras la muerte; el hombre reducido a la materia y que, después de la muerte, no tiene más que retornar al «gran todo», la madre tierra, y «fundirse con ella» como se afirma en un documento de la Federación Francesa de Cremación. De año en año, se ve que la práctica de la cremación aumenta y se banaliza. Las cremaciones deberían convertirse en mayoritarias en Francia en 2030.
En cuanto a nosotros toca, rechacemos esto. Permanezcamos fieles a la piadosa costumbre, a la vez tan humana y tan cristiana, de la inhumación de nuestros difuntos.
(+) Nota de la redacción: En España, según datos de la Asociación Nacional de Servicios Funerarios (Panasef), en 2020 se incineró al 45%de los fallecidos, el triple de las cremaciones en 2005.
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