III.- LA SOCIEDAD CIVIL


     Es  de tradición en la  doctrina católica distinguir entre sociedad y Estado. La  sociedad civil se  identifica con la colectividad  humana y encierra en su seno un conjunto de sociedades. El Estado es una de ellas; encuentra sus límites en el ámbito territorial y en su naturaleza  jurídica; se integra, a su vez, por otras sociedades que no debe absorber: familias, municipios, corporaciones económicas  o culturales, …; y coexiste con una sociedad universal, de naturaleza  distinta, que es la Iglesia. Por su parte, está, en cierto modo, subordinado a la comunidad de las  Naciones que agrupa al conjunto de los Estados.


(Conferencia sobre "El Estado",  de Dalmacio Negro, catedrático español y miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas  grabada en la sede del IJM el 11/1/2014)

     El  hombre es  sociable  por  naturaleza, nace inclinado a la unión con  sus  semejantes. La   unión de los  hombres  forma la sociedad civil, que es una comunidad nacional. Tal es el designio de Dios, autor de la Naturaleza. Él manda que los hombres  vivan en  sociedad, y los hombres nacen  ordenados para ello. Es, pues,  falsa la idea  roussoniana que coloca la causa eficiente de la comunidad civil en la libre voluntad de cada uno de los hombres, fingiendo que éstos, por  propio consentimiento, ceden algo de  su derecho y de su libertad para formarla.

     La vida social, en si misma, posee un carácter absoluto, que se haya por encima del mudar de los tiempos. Sus  normas básicas, las últimas, lapidarias y fundamentales  normas de la sociedad, son inmutables y no dependen tampoco del arbitrio  humano. Nunca, por tanto, podrán ser  abrogadas con eficacia jurídica por obra del hombre.

     El  principio creador de la sociedad humana y, a la vez, su elemento de conservación es el bien común , el cual, por lo mismo, se erige en la ley  primera  y última de toda sociedad.

     La sociedad humana posee una unidad orgánica interna. No es una masa de individuos sin cohesión, ni tampoco una máquina que funcione  por  puro  automatismo. Se  concibe, por el contrario, como un cuerpo crecido y maduro, que tiende, bajo el gobierno de la Providencia y mediante la colaboración de los  diversos órganos que la forman, a conseguir los eternos fines de la civilización humana. Por eso, su unidad esencial respeta las  diferencias naturales de  sus elementos constitutivos, diferencias  que la  enriquecen, formando dentro de ella  varios órdenes que son diversos en dignidad, en poder, en derechos, que mutuamente se necesitan y que juntos conspiran al bien común. En una  palabra, la  noción de sociedad comporta la de  jerarquía; es una ordenación en la que las cosas ínfimas alcanzan sus fines a través de las intermedias, y estas por medio de las superiores. Todo este vasto  sistema, en fin implica la existencia  de un ordenamiento jurídico en vital conexión con el genuino orden social.


Sociedad y persona


     Pero la sociedad  es  medio y no fin, con relación a la  persona  humana, Es  éste  un  punto sumamente  grave  de  la   buena  doctrina. La  sociedad no  ha sido instituida por la naturaleza para que el hombre la busque como fin último, sino para que, en ella y por medio de ella, posea los medio eficaces para alcanzar  su propia  perfección. Por eso, toda autoridad social es, por  naturaleza, subsidiaria; debe servir de sostén a los miembros del cuerpo social  y no  absorberlos. La  sociedad es para el hombre y no el hombre ara la sociedad. 

     Siendo un medio la sociedad, su fin es servir al hombre para que alcance el suyo propio. El desarrollo de los valores personales del hombre completo, el pleno desenvolvimiento de la persona, este es el fin supremo de todo la  vida social. El bienestar material, la perfección de la virtud moral e indirectamente la salvación eterna de los hombres: he aquí los  objetivos de la sociedad civil. Y el supuesto previo a ellos es la paz social, esto es, la tranquilidad del  orden público, que hace posible la convivencia.

     Opuesta per  diametrum a este concepto social cristiano es  la concepción materialista de la sociedad, que la imagina como un gigantesco artefacto para la producción de bienes por medio del trabajo colectivo y que subordina autoridad social al estímulo  único de la utilidad o del interés. Como que se corresponde con un concepto pagano de la vida humana, que no asigna  a esta  otra finalidad que el disfrute de los bienes terrenales.


Sociedades  intermedias


     El estado no se alza sobre los individuos como un monolito en un desierto de  arena. Entre el individuo y el Estado existen sociedades, cuerpos, instituciones (Vazquez de  Mella, Textos de Doctrina Política, pg. 8), que aquel debe respetar. El primero, la familia, como sociedad anterior al Estado y que posee su esfera de vida propia e intangible. Pero  también las corporaciones públicas, ya sean locales o profesionales,  y las asociación culturales y las ideológicas tienen su derecho a  existir y deben ser reconocidas por el Estado y respetadas, cuando no estimuladas y apoyadas por él.

     Esta es la esencia de la doctrina corporativa de la Iglesia, basada en el principio de  subsidiariedad que antes  ha sido referido. Si es cierto que aquello que pueden hacer  lo individuos por sus propias  fuerzas no se debe entregar a  la comunidad, análogamente debe reservarse para las agrupaciones “menores” y de orden inferior aquello que ellas puedan realizar  en la órbita de su competencia y no atribuirlo todo a las superiores y más amplias.

     El bien común, con miras al cual fue establecido el poder civil, culmina en la vida  autónoma de las personas, así individuales, como morales como colectivas. 

     Por eso no se comparece con esta doctrina el carácter  fuertemente centralizador de las naciones modernas, que reduce en exceso las  libertades congénitas de  individuos y de colectividades.


(Prof. Miguel Ayuso : "El Estado como sujeto inmoral". Conferencia en el instituto de Filosofía Práctica (INFIP) dentro del  "Ciclo del Buen Gobierno")

     Más en particular, la Iglesia recomienda que en el seno de la nación crezcan y se desarrollen así las entidades municipales como los cuerpos profesionales  que coordinan los intereses de  esta clase. Unos y otros facilitan al Estado la gestión de los asuntos  públicos, pues tienden al bien común del  propio Estado. Si este se atribuye y apropia iniciativas que deben ser privadas, no sólo será en daño del derecho de éstas, sino también en detrimento del bien público.

     Ya se entiende que, asimismo, por el otro extremo se  puede pecar, o sea cuando los cuerpos de  que se habla, y singularmente los que agrupan y representan intereses profesionales o económicos, se  hacen con exceso  prepotentes y abusan de  su  fuerza, anteponiendo sus intereses parciales al bien general. Es  éste un peligro  grande del momento presente, dado el desarrollo  y poderío que alcanzan así  los  sindicatos patronales y obreros como los  grandes "trusts" y consorcios de carácter económico. 


(Juan Manuel de  Prada, intervención en  el  programa "La  Tuerka")

     Unos y otros, con frecuencia, se  convierten en grupos de presión  y hacen  fuerza  a los  fueros de la autoridad y a los derechos del Estado. Si  los  responsables  de  estos  organismos, al ensanchar  sus  horizontes, rompen las perspectivas  nacionales, si no aciertan a supeditar lealmente sus intereses, y aún su prestigio a lo que piden la justicia y el bien público, paralizan el ejercicio del poder  político y comprometen, a la postre, la  libertad  y los derechos de  aquellos a  quienes pretenden servir.

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